Capítulo 7 · Del pacto de Dios con el hombre
Edición de estudio comentada
Para entrar: una promesa en el huerto
El capítulo anterior dejó al hombre escondido entre los árboles, culpable y muerto, sin un paso que dar hacia Dios. Y, sin embargo, antes de pronunciar la sentencia y cerrar el huerto, Dios habla —no al hombre todavía, sino a la serpiente— y en esa palabra cabe toda la esperanza de la historia: «pondré enemistad entre ti y la mujer, y entre tu simiente y la simiente suya; esta te herirá en la cabeza» (Gn 3:15). Es la primera promesa del evangelio, dicha sobre las ruinas de la caída: vendrá uno, nacido de mujer, que aplastará al que acaba de vencer.
Esa promesa no era un deber que Dios contrajera, ni un derecho que el hombre pudiera reclamar. Entre el Creador infinito y la criatura caída media una distancia que ninguna obediencia podría salvar; que el hombre llegue siquiera a gozar de Dios es, de principio a fin, pura condescendencia —Dios que se inclina—. Y el modo en que Dios escogió inclinarse tiene un nombre: pacto.
Este capítulo confiesa esa estructura. Dice por qué hay pacto (la distancia, salvada por la condescendencia), cuáles son los dos grandes pactos que ordenan toda la Escritura —el de obras con Adán, que él quebró; y el de gracia en Cristo, que da lo que pide—, y cómo el pacto de gracia, uno solo en sustancia, fue administrado de un modo bajo la sombra y de otro a plena luz, sin que haya jamás dos caminos de salvación.
Conviene, pues, leer el capítulo del pacto como la respuesta de Dios a la pregunta que el capítulo 6 dejó sin contestar. Donde el hombre no podía dar un paso, Dios tendió un puente; y la promesa hecha en el huerto, jurada a Abraham, administrada por Moisés y cumplida en Cristo, es una sola, sellada al fin por la muerte del Testador.
Tesis doctrinal
Dejado el hombre bajo condenación (cap. 6), la Confesión confiesa cómo Dios se relaciona con él para salvarlo: por pacto. Y avanza en un solo movimiento. Primero, el fundamento: la distancia entre el Creador y la criatura es tan grande que el hombre, aun obediente, nunca podría haber gozado de Dios como su bienaventuranza sino por una condescendencia voluntaria de Dios, que él tuvo a bien expresar por vía de pacto. Segundo, el primer pacto: un pacto de obras, en que se prometió la vida a Adán y a su posteridad bajo condición de obediencia perfecta y personal. Tercero, el segundo: hecho el hombre incapaz de vida por aquel pacto tras la caída, agradó a Dios hacer un pacto de gracia, en que ofrece gratuitamente vida y salvación por Jesucristo, requiriendo la fe y prometiendo dar su Espíritu a los ordenados para vida, para hacerlos capaces de creer. Cuarto, su forma de testamento, sellado por la muerte del Testador. Y quinto y sexto, su unidad bajo dos administraciones: el mismo pacto de gracia fue administrado de un modo bajo la ley —por promesas, tipos y sacrificios que prefiguraban a Cristo— y de otro bajo el evangelio —cuando Cristo, la sustancia, fue presentado realmente, por la Palabra y los sacramentos—, de suerte que no hay dos pactos de gracia distintos en sustancia, sino uno y el mismo bajo diversas dispensaciones. El pacto enseña, a una, la infinita condescendencia de Dios, la unidad de la historia de la salvación de Adán a Cristo, y que la gracia da lo mismo que el pacto requiere.
Cómo leer este capítulo
El capítulo va del fundamento del pacto a su unidad a través de la historia. Abre con la razón de que haya pacto (7.1): la distancia infinita entre el Creador y la criatura, salvada solo por la condescendencia voluntaria de Dios. Presenta luego los dos pactos que estructuran toda la Escritura: el de obras con Adán (7.2: vida bajo condición de obediencia perfecta) y, tras la caída, el de gracia (7.3: vida y salvación ofrecidas en Cristo, con la fe requerida y donada). Da después la figura con que la Escritura nombra el pacto de gracia (7.4: testamento, sellado por la muerte del Testador). Y dedica las dos últimas secciones a su unidad bajo dos administraciones: la antigua, bajo la ley, por tipos y promesas que prefiguraban a Cristo (7.5); y la nueva, bajo el evangelio, cuando Cristo fue presentado realmente, por la Palabra y los sacramentos (7.6), con la tesis que cierra el capítulo: «no hay dos pactos de gracia que difieran en sustancia, sino uno y el mismo bajo diversas dispensaciones». Distancia, obras, gracia, testamento, administración antigua, administración nueva: dos pactos, pero una sola historia de salvación.
Texto confesional
7.1. La distancia entre Dios y la criatura es tan grande que, aunque las criaturas racionales le deben obediencia como a su Creador, nunca podrían haber tenido fruición alguna de él como su bienaventuranza y recompensa, sino por alguna voluntaria condescendencia de parte de Dios, la cual le ha agradado expresar por vía de pacto.
Referencias bíblicas: Is 40:13–17; Job 9:32, 33; 1 S 2:25; Sal 113:5, 6; 100:2, 3; Job 22:2, 3; 35:7, 8; Lc 17:10; Hch 17:24, 25.
7.2. El primer pacto hecho con el hombre fue un pacto de obras, en el cual la vida fue prometida a Adán, y en él a su posteridad, bajo condición de obediencia perfecta y personal.
Referencias bíblicas: Gá 3:12; Ro 10:5; 5:12–20; Gn 2:17; Gá 3:10; Os 6:7; Gn 2:16.
7.3. El hombre, por su caída, habiéndose hecho incapaz de vida por aquel pacto, agradó al Señor hacer un segundo, comúnmente llamado el pacto de gracia, en el cual ofrece gratuitamente a los pecadores vida y salvación por Jesucristo, requiriendo de ellos fe en él para que sean salvos, y prometiendo dar su Espíritu Santo a todos aquellos que están ordenados para vida, para hacerlos dispuestos y capaces de creer.
Referencias bíblicas: Gá 3:21; Ro 8:3; 3:20, 21; Gn 3:15; Is 42:6; Mr 16:15, 16; Jn 3:16; Ro 10:6, 9; Gá 3:11; Ez 36:26, 27; Jn 6:44, 45; 6:37.
7.4. Este pacto de gracia es frecuentemente presentado en la Escritura con el nombre de testamento, en referencia a la muerte de Jesucristo, el Testador, y a la herencia eterna, con todas las cosas que a ella pertenecen, en él legadas.
Referencias bíblicas: He 9:15–17; 7:22; Lc 22:20; 1 Co 11:25.
7.5. Este pacto fue administrado de manera diferente en el tiempo de la ley y en el tiempo del evangelio: bajo la ley fue administrado por promesas, profecías, sacrificios, la circuncisión, el cordero pascual y otros tipos e instituciones entregados al pueblo de los judíos, todos los cuales prefiguraban a Cristo que había de venir; los cuales eran, para aquel tiempo, suficientes y eficaces, por la operación del Espíritu, para instruir y edificar a los elegidos en la fe en el Mesías prometido, por quien tenían plena remisión de pecados y salvación eterna; y es llamado el antiguo testamento.
Referencias bíblicas: 2 Co 3:6–9; He 8–10; Ro 4:11; Col 2:11, 12; 1 Co 5:7; 10:1–4; He 11:13; Jn 8:56; Gá 3:7–9, 14; Col 2:17.
7.6. Bajo el evangelio, cuando Cristo, la sustancia, fue presentado realmente, los medios instituidos en que este pacto se dispensa son la predicación de la Palabra y la administración de los sacramentos del bautismo y de la cena del Señor; los cuales, aunque menores en número y administrados con más simplicidad y menos gloria externa, sin embargo, en ellos el pacto se presenta con mayor plenitud, evidencia y eficacia espiritual a todas las naciones, tanto judíos como gentiles; y es llamado el nuevo testamento. No hay, por tanto, dos pactos de gracia que difieran en sustancia, sino uno y el mismo bajo diversas dispensaciones.
Referencias bíblicas: Col 2:17; Mt 28:19, 20; 1 Co 11:23–25; He 12:22–28; Jer 31:33, 34; Ef 2:15–19; Lc 22:20; Gá 3:14, 16; Hch 15:11; Ro 3:21–23, 30; Sal 32:1 con Ro 4:3, 6, 16, 17, 23, 24; He 13:8.
Exposición doctrinal
El pacto en la historia de la redención
El pacto es la clave con que la Confesión lee toda la historia de la redención, y la Confesión la oye de la Escritura. Que aun la obediencia perfecta no obliga a Dios lo dice el Señor: «cuando hayáis hecho todo… decid: Siervos inútiles somos» (Lc 17:10); que el primer pacto pedía obediencia para vida, Gálatas 3:12 («el que hiciere estas cosas vivirá por ellas»); que el segundo se abre con una promesa, Génesis 3:15; que su herencia entra en vigor por una muerte, Hebreos 9:16; y que el pacto es uno mismo en todas las edades, Hebreos 13:8 («Jesucristo es el mismo ayer, y hoy, y por los siglos»). Sobre ese testimonio descansa el capítulo.
La Escritura no es una colección de episodios sueltos, sino el despliegue de los pactos de Dios con el hombre: lo que Adán perdió bajo el pacto de obras, Cristo lo recobra bajo el pacto de gracia, y entre ambos corre una sola historia. El pacto de obras (7.2) explica por qué la caída de Adán fue la caída de todos (cap. 6): Adán no era un individuo aislado, sino la cabeza pública de un pacto, de modo que su obediencia o desobediencia eran de toda su posteridad. Y prepara el contraste con el segundo Adán: donde el primero falló la obediencia que se le pedía, Cristo la rinde perfectamente, «hecho bajo la ley» (Gá 4:4; cap. 8), de suerte que su obediencia se imputa a los suyos (cap. 11) como la desobediencia de Adán se les imputó.
El pacto de gracia (7.3) no es un plan de emergencia improvisado tras la caída, sino la ejecución en el tiempo de la elección eterna (cap. 3): Dios promete su Espíritu «a todos aquellos que están ordenados para vida». Y aquí brilla el monergismo de la gracia: el pacto requiere la fe y a la vez la da —«para hacerlos dispuestos y capaces de creer»—. Lo que Dios manda en el pacto, Dios lo concede; la vieja oración de Agustín, «da lo que mandas, y manda lo que quieras», es la lógica misma de 7.3. Por eso el pacto de gracia no es un nuevo pacto de obras disimulado, donde la fe ocupara el lugar de la obediencia como mérito: la fe no es la causa que merece la salvación, sino el instrumento, y aun ella es don del pacto.
La unidad del pacto bajo las dos administraciones (7.5–7.6) es la columna vertebral de la lectura cristiana del Antiguo Testamento. Los santos de la antigua administración —Abraham, Moisés, David, los profetas— no fueron salvos por un pacto distinto ni por una salvación menor: tenían «plena remisión de pecados y salvación eterna» por la fe en el Mesías prometido, a quien veían de lejos en las promesas, los sacrificios y los tipos (He 11:13; Jn 8:56). La circuncisión y la pascua, los sacrificios y el templo, no eran ritos vacíos, sino signos del mismo pacto de gracia, eficaces por el Espíritu para instruir y edificar a los elegidos en la fe. Cuando «Cristo, la sustancia, fue presentado realmente» (7.6), no comenzó otro pacto: cambió la forma de administrar el único pacto —de la sombra al cuerpo (Col 2:17), del tipo a la realidad—, con menos gloria externa pero mayor plenitud, evidencia y eficacia, y ensanchado «a todas las naciones». La promesa hecha a Adán, jurada a Abraham, administrada por Moisés y cumplida en Cristo es una sola, y su herencia —la fruición de Dios— corre, como un testamento sellado por la muerte del Testador, hasta la consumación.
7.1 · Por qué hay pacto: la condescendencia
Tras tratar a Dios (caps. 2–5) y al hombre (cap. 6) por separado, el capítulo del pacto los considera, como nota Van Dixhoorn, «conjuntamente».1 Y la Confesión no empieza por los pactos concretos, sino por la razón de que haya alguno: «la distancia entre Dios y la criatura es tan grande». Aun antes del pecado, entre el Creador infinito y la criatura finita media una distancia tal que el hombre, por mucho que obedeciera, nunca podría reclamar a Dios como recompensa la fruición de sí mismo. Lucas 17:10 lo sella: cumplido todo lo mandado, el siervo sigue siendo «inútil» —no acreedor de nada—. Por tanto, que la criatura pueda gozar de Dios como su bienaventuranza no es un derecho de naturaleza, sino fruto de una condescendencia voluntaria de Dios, que él tuvo a bien «expresar por vía de pacto». El pacto es, así, desde su raíz, gracia: aun el pacto de obras, que prometía vida por obediencia, era ya condescendencia, pues Dios no debía a Adán recompensa alguna por hacer lo que le correspondía. Esta primera sección humilla de antemano todo mérito: nada de lo que el hombre tiene con Dios lo tiene por derecho propio.
7.2 · El pacto de obras
«El primer pacto hecho con el hombre fue un pacto de obras, en el cual la vida fue prometida a Adán, y en él a su posteridad, bajo condición de obediencia perfecta y personal.» Tres rasgos lo definen. Su condición: obediencia perfecta (sin falta alguna) y personal (rendida por el hombre mismo). Su promesa: la vida —no solo la continuación del estado edénico, sino su confirmación—. Y su alcance representativo: «a Adán, y en él a su posteridad», porque Adán obraba como cabeza pública —creado recto y de voluntad mutable (4.2), cabeza de la raza (cap. 6)—. Alguno objeta que la palabra «pacto» no aparece en Génesis 1–2; pero, como responde Van Dixhoorn, «no siempre se requiere de una palabra específica para que esté presente la realidad de la que da cuenta tal palabra».2 El pacto de obras no se cumplió por la caída, pero no quedó sin efecto en la historia: su exigencia —obediencia perfecta— sigue en pie como justicia de Dios, y solo Cristo, el segundo Adán, la satisface (cap. 8); además, su demanda perdura en la ley moral, que obliga a todos no ya como medio de vida, sino como regla de obediencia (cap. 19). Quien entiende el pacto de obras entiende por qué la salvación no puede venir de las obras: no porque la obediencia sea mala, sino porque el hombre caído ya no puede rendirla.
En los Catecismos. CFW 7.2 ↔ CMe 12 y CMa 20, 30: el pacto de obras —«Cuando Dios hubo creado al hombre, entró con él en un pacto de vida, bajo condición de obediencia perfecta…» (CMe 12)—; el Mayor lo llama «pacto de vida» (CMa 20) y en CMa 30 «el primer pacto, comúnmente llamado el pacto de obras». La doble denominación —«de obras» por su condición, «de vida» por su promesa— nombra el mismo pacto.
7.3 · El pacto de gracia
Hecho el hombre «incapaz de vida por aquel pacto» —porque, caído, no puede ya obedecer perfectamente—, «agradó al Señor hacer un segundo, comúnmente llamado el pacto de gracia» —término, como precisa Van Dixhoorn, propio «de los teólogos», no impuesto por el texto bíblico—.3 Conviene notar cada cláusula. Dios «ofrece gratuitamente a los pecadores vida y salvación por Jesucristo»: la oferta es libre y presente, dirigida a pecadores como tales, fundada no en su mérito sino en Cristo. «Requiriendo de ellos fe en él para que sean salvos»: la condición del pacto de gracia no es la obediencia perfecta (que el caído no puede), sino la fe, que recibe a Cristo. Y «prometiendo dar su Espíritu Santo a todos aquellos que están ordenados para vida, para hacerlos dispuestos y capaces de creer»: aquí está el corazón monergista del pacto. La fe que el pacto requiere, el pacto la da; Dios no espera del pecador muerto (cap. 6) una fe que no puede producir, sino que envía su Espíritu a los elegidos para hacerlos capaces de creer (cap. 10). Y el vínculo de ese pacto no es un mecanismo, sino una persona: «no hay nada abstracto ni ficticio en este evangelio».4 El que cree, descubre que aun su fe fue regalo.
En los Catecismos. CFW 7.3 ↔ CMe 20 y CMa 31: el pacto de gracia, por el cual Dios «entró en un pacto de gracia para librarlos del estado de pecado y de miseria… por medio de un Redentor» (CMe 20); y el Mayor declara las partes que la Confesión no enuncia: «el pacto de gracia fue hecho con Cristo como el segundo Adán, y en él con todos los elegidos como su simiente» (CMa 31). La Confesión no nombra un «pacto de redención» distinto del pacto de gracia, y a eso se atiene esta edición.
7.4 · El testamento
El pacto de gracia «es frecuentemente presentado en la Escritura con el nombre de testamento». La figura es preciosa y pastoral. Un testamento confiere una herencia, no un salario; y entra en vigor por la muerte del testador (He 9:16). Aplicado a Cristo: la salvación es herencia, no paga —se recibe, no se gana—; y se hace efectiva por la muerte de Jesucristo, el Testador. Van Dixhoorn añade una observación de lengua: «el pacto de gracia se presenta frecuentemente en las Escrituras por el nombre de Testamento, o al menos ese es el caso en la traducción griega del Antiguo Testamento»,5 donde berît se vierte por diathēkē —pacto y testamento a la vez—. De ahí brota una consolación firme: la herencia del creyente no depende de que él la sostenga, sino de que el Testador ya murió y la dejó legada. Lo que Cristo adquirió por su muerte (cap. 8.5) se distribuye a los herederos como un legado seguro.
7.5–7.6 · Un pacto, dos administraciones
Las dos últimas secciones afrontan la cuestión que decide cómo se lee toda la Biblia: ¿son el Antiguo y el Nuevo Testamento dos religiones, dos pactos, dos caminos de salvación? La Confesión responde con firmeza: no. «Este pacto fue administrado de manera diferente en el tiempo de la ley y en el tiempo del evangelio» —diferente en la forma, no en la sustancia—. Bajo la ley, el único pacto de gracia se administraba «por promesas, profecías, sacrificios, la circuncisión, el cordero pascual y otros tipos», todos los cuales «prefiguraban a Cristo que había de venir»; y eran «suficientes y eficaces, por la operación del Espíritu», para salvar a los elegidos de aquel tiempo, que «tenían plena remisión de pecados y salvación eterna». No eran, pues, sombras vacías ni un evangelio inferior: eran el mismo evangelio bajo velo. Bajo el evangelio, «cuando Cristo, la sustancia, fue presentado realmente», la administración cambió: los medios son ahora «la predicación de la Palabra y la administración de los sacramentos» —el bautismo y la cena—, «menores en número y administrados con más simplicidad y menos gloria externa», pero con «mayor plenitud, evidencia y eficacia espiritual», y extendidos «a todas las naciones». Y la conclusión, que es la tesis del capítulo: «no hay dos pactos de gracia que difieran en sustancia, sino uno y el mismo bajo diversas dispensaciones». Esto corrige a la vez dos errores. Por un lado, el que opone ley y gracia como dos caminos —como si los del Antiguo Testamento se salvaran por obras y los del Nuevo por fe—; la Confesión enseña que todos los salvos, en toda edad, lo son por gracia mediante la fe en Cristo. Por otro, el que parte la historia de la salvación en pactos separados y sin continuidad: la palabra «dispensaciones» aquí no significa eso —«la confesión no enseña el sistema de interpretación bíblica que más tarde se llegó a conocer por el nombre de "dispensacionalismo"», advierte Van Dixhoorn—,6 sino las diversas formas de administrar el único pacto de gracia.
En los Catecismos. CFW 7.5–7.6 ↔ CMa 33–35: la administración del pacto bajo el Antiguo y el Nuevo Testamento, donde el Mayor emplea «administraciones» (de ahí la distinción léxica con «dispensaciones» de 7.6). Por decisión del comité editorial IPR (adoptada el 26 de junio de 2026, conforme al Glosario IPR v2.4, regla 1), el cuerpo del Catecismo Mayor en CMa 33–35 lee ahora «presentado realmente» —en armonía con 7.6—, donde el original inglés trae exhibited y el latín exhibitus: Cristo, la sustancia, realmente presentado y manifestado en carne bajo el nuevo testamento, frente a los tipos que lo prefiguraban bajo el antiguo. Se conserva la documentación del original (exhibited / exhibitus) y el razonamiento de que exhibere significa presentar y comunicar realmente, no «mostrar».
La doctrina en la historia
El camino de la doctrina
También aquí las palabras tienen historia. Cuando la Asamblea dijo «pacto», la traducción latina autorizada de 1656 vertió foedus —en 7.1, icto foedere—, no pactum: vínculo soberanamente impuesto por Dios, no contrato negociado entre iguales, como recoge el aparato crítico. Y el rótulo «pacto de obras» pide una precisión: llamarlo así no lo vuelve pelagiano, pues, como quedó dicho en 7.1, antes de la caída la obediencia no era mérito estricto, sino camino señalado dentro de una condescendencia ya gratuita. El rótulo fija el principio que gobierna toda la soteriología: la vida por obediencia exige obediencia perfecta y personal —camino que, tras la caída, solo puede recorrer el segundo Adán, como fiador de los suyos.
La tesis que cierra el capítulo —un solo pacto de gracia bajo diversas dispensaciones— es la tesis de toda la teología federal, y su historia posterior corre por dos frentes. Frente al sistema que siglos después tomaría el nombre de «dispensaciones» para enseñar lo contrario, vale el deslinde hecho en la exposición de 7.5–7.6. Y dentro de la propia tradición reformada, la dogmática posterior nombró un pacto de redención —el pactum salutis entre el Padre y el Hijo—, rótulo que la Confesión no usa: Westminster dijo la sustancia sin ese nombre —el único pacto de gracia anclado en Cristo cabeza (CMa 31; véase el recuadro de 7.3)—. Así lo leyó la dogmática clásica: A. A. Hodge observa que la Confesión «no distingue entre el pacto de redención y el de gracia» (cap. VII), y lo que él mismo afirma sobre un pacto eterno lo da como exégesis propia, no como doctrina confesional.
Una advertencia antes de entrar en la sala. Estas líneas —el foedus del latín, el pactum salutis posterior, el deslinde del dispensacionalismo— son historia de la doctrina leída desde el texto confesional, no debates asentados en las actas de la Asamblea: las actas votan, no glosan. Lo que las actas sí conservan —un encargo, unas fechas, una palabra pesada en la mesa— es lo que sigue.
En la mesa de la Asamblea
El capítulo nació con compañía significativa. En julio de 1645, al repartirse las cabezas de la Confesión, el segundo comité recibió juntos «el pecado y su castigo; el libre albedrío; el pacto de gracia; Cristo nuestro Mediador» (sesión 470; el encargo consta, el día exacto del reparto queda [AMARILLO]).7 El encabezado original era the Covenant of Grace; el título final, Of God's Covenant with Man, aparece por primera vez al aprobarse el capítulo en la revisión final, casi un año después. Pacto y Mediador viajaron desde el principio en la misma carpeta: la arquitectura federal y la cristología se redactaron vecinas.
Las actas de octubre y noviembre de 1645 conservan los temas —y a veces las palabras— del debate. El 9 de octubre, el primer debate del informe concerning the Covenant[s]. El 10, dos asientos preciosos: un debate sobre condescension —la palabra exacta de 7.1, pesada por la Asamblea— y otro sobre el primer pacto y la obediencia personal —el material de 7.2 (los asientos constan; su enlace con el texto final queda [AMARILLO])—. El 6 de noviembre se debatieron «aquellas palabras, thereunto belonging» —que evocan el final de 7.4— y quedó un asiento, the three periods (sesión 529), cuyo referente las actas no consignan: este comentario no le atribuye contenido. El 17 de noviembre, el único asiento que toca 7.5 por nombre: el informe adicional sobre the fullness of the administration under the Old Testament (sesión 536) —precisamente lo que la sección confiesa: cuán plena fue la administración antigua—. Y el gran debate de la redención, abierto el 22 de octubre (sesión 522), rozó este capítulo por su premisa: Calamy —«si el pacto de gracia ha de predicarse a todos…»— y Vines —«¿no es el evangelio un pacto, y no se propone a toda criatura?»— argumentaron desde la predicación universal del pacto; opiniones individuales, no decisión del cuerpo. La Confesión recogería ambas verdades sin resolverlas una contra otra: la oferta gratuita a los pecadores y la promesa del Espíritu a los ordenados para vida (7.3 con 3.6).8
El capítulo fue aprobado en la revisión final el 25 de junio de 1646 —«And in debate of God's Covenant with Man; and it was ordered»—; el manuscrito de las actas no transcribe el texto aprobado: el testigo es el impreso de 1647, donde se leen ya la voz exhibited —sobre su rendición castellana, «presentado realmente», véase el aparato, 7.6— y la tesis final de un solo pacto bajo diversas dispensaciones. Viajó al Parlamento con los primeros diecinueve capítulos el 25 de septiembre; y sus pruebas bíblicas se aprobaron en dos sesiones de febrero de 1646/7: las de 7.1–7.4 el día 3 (sesión 784), las del resto el día 5 (sesión 786).9
El paralelo catequético de 1647 deja dos lecciones. Terminológica: la misma Asamblea que confesó covenant of works aprobó para el Catecismo covenant of life —«entering into a covenant of life with him… of which the tree of life was a pledge»—: dos nombres del mismo pacto por decisión del mismo cuerpo, que esta edición no «armoniza». Y teológica: el Catecismo añadió la formulación que la Confesión no trae —el pacto de gracia hecho «con Cristo como el segundo Adán, y en él con todos los elegidos como su simiente» (CMa 31; el locus exacto en la fuente local queda [AMARILLO])—, mientras que covenant of redemption, el rótulo del pactum salutis, no aparece en ninguna fuente local del proyecto. La sesión del 5 de mayo de 1647 votó para el Catecismo la administración del pacto con el vocabulario mismo del capítulo —«when Christ the substance was exhibited, the same covenant of grace was and still is to be administered… in more fulness, evidence, and efficacy»—;10 y otra sesión selló la continuidad sacramental: «both are seals of the same covenant».
Donde las fuentes callan, este comentario calla: no consta quién redactó el capítulo —las actas solo dicen the second Committee—; no hay registro del debate sobre el testamento y el Testador (7.4); y Gillespie y Lightfoot, cuyos diarios terminan antes de octubre de 1645, no alcanzaron a verlo nacer. El detalle documental, con líneas y citas, queda en la revisión de fuentes primarias del proyecto.
Para la iglesia
La doctrina del pacto da forma a la piedad y a la vida de la iglesia entera, porque enseña cómo Dios trata con su pueblo: no por trato individual y suelto, sino por un pacto que abarca a los creyentes y a sus hijos, y que une a la iglesia de todas las edades en una sola familia. Donde se cree, la gracia se predica sin legalismo y sin antinomismo a la vez: la fe que el pacto requiere es la misma que el pacto da (7.3), de modo que ni se reduce la salvación a un nuevo mérito (la fe como obra), ni se la separa de la obediencia que el Espíritu obra. Y se lee el Antiguo Testamento como Escritura cristiana: no como la historia de otra religión, sino como la administración antigua del mismo pacto, llena de Cristo en sus promesas y tipos.
En el púlpito
El pacto enseña a predicar a Cristo desde todo el canon: los sacrificios, la pascua, el éxodo, el tabernáculo, el reino de David, no son moralejas, sino prefiguraciones del Mediador que había de venir (7.5). Y guarda al predicador de dos extremos: el legalismo, que vuelve el evangelio un pacto de obras encubierto, y el dispensacionalismo, que corta la unidad de la historia de la salvación. La oferta del evangelio se predica como lo que es: gratuita, presente y dirigida a pecadores (7.3, «ofrece»), con la confianza de que el Espíritu hace capaces de creer a los ordenados para vida.
En la catequesis
El capítulo se enseña con CMe 12, 20 y CMa 20, 30–35 (véanse los recuadros «En los Catecismos»). Conviene enseñar de una vez los dos pactos —de obras y de gracia— para que el catecúmeno entienda por qué la salvación no es por obras (el pacto de obras lo quebró Adán y no podemos cumplirlo) y sí por gracia (el segundo pacto da lo que pide). La doctrina del pacto es, además, el fundamento del bautismo de los hijos de los creyentes (cap. 28): pertenecen, con sus padres, al pueblo del pacto.
En la membresía y la vida de la iglesia
La iglesia es la comunidad del pacto, administrada por los medios ordinarios que 7.6 nombra: la Palabra predicada y los sacramentos. La membresía, la disciplina, la catequesis y el culto son administración del pacto por esos medios —ni más (no se inventan ritos), ni menos (no se desprecian los que Cristo instituyó)—. Al miembro se le enseña que su seguridad descansa no en su fuerza, sino en el pacto sellado por la muerte del Testador (7.4).
En la formación de oficiales
El candidato debe distinguir el pacto de obras del pacto de gracia, y mostrar cómo el segundo Adán cumple el primero (enlace caps. 6, 8, 11); explicar por qué el pacto de gracia no es un pacto de obras encubierto (la fe es instrumento y don, no mérito); sostener la unidad del pacto de gracia bajo las dos administraciones, contra el legalismo y el dispensacionalismo; manejar con precisión «presentado realmente» (no «exhibido») y la distinción «dispensaciones» / «administraciones»; y saber que la Confesión no nombra un «pacto de redención» distinto, ateniéndose a lo que los Estándares dicen. No son tecnicismos: el oficial los necesita para predicar todo el canon como Escritura cristiana y para guardar la unidad de la gracia.
Preguntas de estudio
Las preguntas básicas sirven para la clase y la catequesis; las avanzadas, para la formación de oficiales y el estudio detenido. Para cada avanzada se indica entre corchetes dónde buscar la respuesta.
Básicas. (1) ¿Por qué necesita el hombre un pacto para gozar de Dios (7.1)? (2) ¿Cuál fue el primer pacto, y bajo qué condición (7.2)? (3) ¿Por qué se hizo el hombre incapaz del pacto de obras (7.3)? (4) ¿Qué ofrece el pacto de gracia, qué requiere y qué promete dar (7.3)? (5) ¿Por qué se llama al pacto de gracia un «testamento» (7.4)? (6) ¿Cómo se administró el pacto bajo la ley (7.5)? (7) ¿Qué cambió, y qué no cambió, bajo el evangelio (7.6)?
Avanzadas. (1) ¿En qué sentido es ya gracia el pacto de obras? [Exp. 7.1–7.2.] (2) Explique cómo el pacto de gracia «requiere» la fe y a la vez la «da». ¿Por qué no es esto un pacto de obras encubierto? [Exp. 7.3.] (3) ¿Cómo cumple Cristo, el segundo Adán, el pacto de obras que Adán quebró? [Exp.: arco redentivo; caps. 6, 8.] (4) ¿Qué consuelo se sigue de que el pacto de gracia sea un «testamento» sellado por la muerte del Testador? [Exp. 7.4.] (5) ¿Cómo eran salvos los santos del Antiguo Testamento? ¿Por un pacto distinto? [Exp. 7.5.] (6) Explique la tesis «un solo pacto bajo diversas dispensaciones». ¿Qué dos errores corrige? [Exp. 7.5–7.6.] (7) ¿Por qué «dispensaciones» en 7.6 no implica el dispensacionalismo posterior? [Exp. 7.5–7.6; Aparato crítico.]
Glosario del capítulo
Pacto — vínculo soberanamente establecido por Dios para tratar con el hombre; no un contrato entre iguales (7.1).
Condescendencia (voluntaria) — el inclinarse Dios, por su libre voluntad, a tratar con la criatura, salvando la distancia infinita entre ambos; no en el sentido peyorativo moderno (7.1).
Fruición — el gozo pleno de Dios como bienaventuranza y fin del hombre (7.1; cf. CMe 1).
Pacto de obras — el primer pacto, con Adán: vida prometida bajo condición de obediencia perfecta y personal (7.2); llamado también «pacto de vida» (CMe 12).
Pacto de gracia — el segundo pacto, tras la caída: vida y salvación ofrecidas en Cristo, con la fe requerida y donada por el Espíritu (7.3).
Testamento — figura bíblica del pacto de gracia: herencia legada, que entra en vigor por la muerte del Testador, Cristo (7.4).
Administración / dispensación — la forma de administrar el único pacto de gracia en una época dada; «dispensaciones» (7.6) y «administraciones» (CMa 33) nombran lo mismo, sin implicar pactos separados ni el sistema dispensacionalista posterior.
Antiguo / nuevo testamento (administración) — las dos administraciones del único pacto de gracia, bajo la ley y bajo el evangelio; en minúscula, distintas del Antiguo y Nuevo Testamento como volúmenes (7.5–7.6).
Presentado realmente (exhibited) — que Cristo, sustancia de los tipos, no fue solo mostrado, sino comunicado y aplicado de veras bajo el evangelio (7.6).
Tipo — institución o persona del Antiguo Testamento que prefiguraba a Cristo (el cordero pascual, el sacrificio, la roca) (7.5).
Bibliografía comentada
- Testigos textuales: el manuscrito de 1646 (M) y el impreso inglés de 1647 (E); la traducción latina de 1656/1659 (L), auxiliar de peso para el sentido; la recensión americana de 1788 / impresión de 1801 (A), texto del cuerpo (con las pruebas de 7.2 verificadas); Schaff, Creeds of Christendom III (S), texto de control; Carruthers (C, 1937), historia textual.
- A. A. Hodge, Comentario a la Confesión de Fe de Westminster, cap. VII — exposición de los pactos; nótese que el propio Hodge observa que la Confesión «no distingue entre el pacto de redención y el de gracia», dato que esta edición respeta.
- G. I. Williamson, The Westminster Confession of Faith for Study Classes, cap. 7 — preguntas de clase sobre la teología del pacto.
- Chad Van Dixhoorn, La fe que confesamos, trad. Timoteo Sazo (Edimburgo: El Estandarte de la Verdad — The Banner of Truth Trust, 1.ª ed. española 2022; orig. Confessing the Faith, © 2014), cap. 7 (pp. 101–112); ISBN 978-1-80040-140-2 — guía de lectura moderna; voz de corroboración, bajo la Confesión, citada con atribución y página (da el contenido —la condescendencia, los nombres del pacto, el deslinde del dispensacionalismo—, no las etiquetas escolásticas, que son de esta edición).
- Catecismos: CMe 12, 20; CMa 20, 30–35 (los dos pactos, las partes del pacto de gracia y su administración).
- Cotejo castellano: Los estándares de Westminster (Editorial CLIR, 2010; trad. A. Ramírez) — cotejado en «presentado realmente» (donde difiere) y «dispensaciones» / «condescendencia» (donde converge); colación íntegra pendiente.
Footnotes
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Chad Van Dixhoorn, La fe que confesamos, trad. Timoteo Sazo (Edimburgo: El Estandarte de la Verdad, 2022), 101. ↩
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Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 103. ↩
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Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 106. ↩
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Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 106. ↩
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Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 107. ↩
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Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 112. ↩
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Minutes of the Sessions of the Westminster Assembly of Divines, ed. Alexander F. Mitchell y John Struthers (1874), sesión 470 (julio de 1645). ↩
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Mitchell y Struthers, Minutes, sesiones del 9 de octubre al 17 de noviembre de 1645 (entre ellas las sesiones 522, 529 y 536). ↩
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Mitchell y Struthers, Minutes, sesión 664 (25 de junio de 1646) y sesiones 784 y 786 (3 y 5 de febrero de 1646/7). ↩
-
Mitchell y Struthers, Minutes, sesión del 5 de mayo de 1647. ↩
