Capítulo 27 · De los sacramentos

Edición de estudio comentada

Para entrar: El sello en la carne de Abraham

Pablo, razonando con los judíos sobre cómo fue justificado Abraham, se detiene en un detalle que parecía menor y resulta decisivo: el orden de los acontecimientos. Abraham creyó a Dios, «y le fue contado por justicia» (Gn 15:6) —y solo después, años más tarde, recibió la circuncisión. ¿Para qué, entonces, la circuncisión, si ya estaba justificado por la fe? Pablo responde con una frase que la Confesión hará suya: Abraham «recibió la circuncisión como señal, como sello de la justicia de la fe que tuvo estando aún incircunciso» (Ro 4:11). La justicia ya era suya, por la fe; la circuncisión vino a sellarla en su carne, como el rey estampa su sello en un documento ya escrito.

Ahí está, en germen, todo este capítulo. El sacramento no es lo que produce la gracia, sino lo que la sella; no añade nada a la promesa, sino que la confirma a quien ya la tiene por fe. Y desde Abraham hasta hoy, Dios nunca ha tratado con su pueblo por sola palabra: a la promesa oída ha añadido siempre el signo visible —el arco en la nube, la sangre en los postes, el agua del bautismo, el pan y la copa— para que la fe, débil y necesitada de apoyos sensibles, descanse no en sí misma, sino en la palabra sellada. Por eso Agustín pudo llamar al sacramento «palabra visible»: la misma promesa del evangelio, no ya oída, sino vista, tocada y comida.

Pero un signo tan precioso es fácil de pervertir, y la historia lo ha hecho de dos modos opuestos. Unos lo han vaciado, haciendo del sacramento un mero recuerdo, un signo hueco que nada sella ni ofrece. Otros lo han hinchado, haciendo del rito un canal mágico que confiere la gracia por su sola realización, hasta confundir el signo con la cosa misma. Entre esos dos abismos camina la Confesión, guardando el sacramento en su justo lugar: ni vacío ni mágico, sino sello que el Espíritu hace eficaz a la fe.

El capítulo lo expone en cinco pasos. Define primero qué es el sacramento —signo y sello del pacto de gracia, con cuatro fines (27.1)—; luego su estructura —la unión sacramental entre el signo y la cosa significada (27.2)—; después su eficacia —ni del rito ni del ministro, sino del Espíritu y la palabra de institución (27.3)—; su número —solo dos, administrados solo por ministro legítimo (27.4)—; y, por fin, su continuidad pactual —los sacramentos del Antiguo Testamento, en sustancia, los mismos que los del Nuevo (27.5)—. El hilo es este: una sola doctrina del signo sellado, que mira a Cristo, sella al creyente, distingue a la iglesia y une el Antiguo Testamento con el Nuevo.

Tesis doctrinal

Tras la iglesia y su comunión (caps. 25–26), la Confesión trata los medios visibles que Cristo le dio: los sacramentos. Avanza en cinco pasos. Primero, qué son: signos y sellos santos del pacto de gracia, instituidos por Dios mismo, para representar a Cristo y sus beneficios, confirmar nuestro interés en él, distinguir a los de la iglesia del resto del mundo y comprometernos solemnemente al servicio de Dios (27.1). Segundo, su estructura: en cada sacramento hay una unión sacramental entre el signo y la cosa significada, de modo que el nombre y los efectos del uno se atribuyen al otro (27.2). Tercero, su eficacia: la gracia que en ellos se ofrece no es conferida por poder alguno del rito ni depende de la piedad del que administra, sino de la obra del Espíritu y de la palabra de institución (27.3). Cuarto, su número: solo dos —bautismo y Cena—, administrados solo por un ministro legítimamente ordenado (27.4). Y quinto, su continuidad pactual: los sacramentos del Antiguo Testamento, en cuanto a lo que significan, fueron en sustancia los mismos que los del Nuevo (27.5). El sacramento es palabra visible: ni vacío signo (contra el memorialismo), ni canal mágico de gracia (contra el ex opere operato), ni dependiente del ministro (contra el donatismo), sino sello que el Espíritu hace eficaz a la fe.

Cómo leer este capítulo

El capítulo define el sacramento por su naturaleza, su estructura, su eficacia, su número y su continuidad. 27.1: la naturaleza —signos y sellos del pacto de gracia, con cuatro fines (representar, confirmar, distinguir, comprometer)—. 27.2: la estructura —la unión sacramental entre el signo y la cosa, fuente de la metonimia sacramental—. 27.3: la eficacia —ni del rito ni del ministro, sino del Espíritu y la palabra de institución—. 27.4: el número —solo dos, administrados solo por ministro legítimo—. 27.5: la continuidad —los sacramentos del Antiguo Testamento, en su sustancia, los mismos que los del Nuevo—. De qué es el sacramento (27.1–27.2) a cómo obra (27.3), cuántos son (27.4) y su unidad con el Antiguo Testamento (27.5): una sola doctrina del signo sellado que el Espíritu hace eficaz.

Texto confesional

27.1. Los sacramentos son signos y sellos santos del pacto de gracia, instituidos inmediatamente por Dios, para representar a Cristo y sus beneficios, y para confirmar nuestro interés en él; como también para poner una diferencia visible entre los que pertenecen a la iglesia y el resto del mundo, y para comprometerlos solemnemente al servicio de Dios en Cristo, conforme a su Palabra.

Referencias bíblicas: Ro 4:11; Gn 17:7, 10; Mt 28:19; 1 Co 11:23; 1 Co 10:16; 11:25, 26; Gá 3:27; Ro 15:8; Éx 12:48; Gn 34:14; Ro 6:3, 4; 1 Co 10:16, 21.

27.2. Hay en cada sacramento una relación espiritual, o unión sacramental, entre el signo y la cosa significada; de donde resulta que los nombres y efectos del uno se atribuyen al otro.

Referencias bíblicas: Gn 17:10; Mt 26:27, 28; Tit 3:5.

27.3. La gracia que es presentada realmente en o por los sacramentos, rectamente usados, no es conferida por ningún poder que haya en ellos; ni la eficacia de un sacramento depende de la piedad o intención del que lo administra, sino de la obra del Espíritu y de la palabra de institución, la cual contiene, junto con un precepto que autoriza su uso, una promesa de beneficio para los que los reciben dignamente.

Referencias bíblicas: Ro 2:28, 29; 1 P 3:21; Mt 3:11; 1 Co 12:13; Mt 26:27, 28; 28:19, 20.

27.4. Hay solo dos sacramentos ordenados por Cristo nuestro Señor en el evangelio, a saber, el bautismo y la cena del Señor; ninguno de los cuales puede ser administrado sino por un ministro de la Palabra legítimamente ordenado.

Referencias bíblicas: Mt 28:19; 1 Co 11:20, 23; 4:1; He 5:4.

27.5. Los sacramentos del antiguo testamento, en cuanto a las cosas espirituales por ellos significadas y presentadas realmente, fueron, en sustancia, los mismos que los del nuevo.

Referencias bíblicas: 1 Co 10:1–4; 1 Co 5:7, 8.

Exposición doctrinal

El sacramento en la historia de la redención

Que el sacramento es signo y sello (27.1) se ve desde el principio en la circuncisión, que Abraham recibió como «sello de la justicia de la fe» (Ro 4:11) —el texto que da a la Confesión la palabra «sello»—. Que representa a Cristo y sus beneficios se ve en el bautismo, por el cual «fuimos sepultados juntamente con él» (Ro 6:3, 4), y en la Cena, «comunión de la sangre de Cristo… del cuerpo de Cristo» (1 Co 10:16). Que distingue a los de la iglesia se ve en la circuncisión, que separaba a Israel de las naciones (Gn 17; Éx 12:48). Y la continuidad pactual (27.5) la dice Pablo de los padres en el desierto: «todos… bebieron la misma bebida espiritual… y la roca era Cristo» (1 Co 10:1–4) —los sacramentos antiguos significaron al mismo Cristo—.

Detrás de cada uno de estos signos hay un solo modo de obrar de Dios: nunca ha tratado con su pueblo por sola palabra, sino que a la palabra de la promesa ha añadido siempre el sello visible. A Adán le dio el árbol de la vida; a Noé, el arco; a Abraham, la circuncisión; a Israel, la pascua; y a la iglesia del Nuevo Testamento, el bautismo y la Cena. Y solo Dios tiene derecho a instituir tales signos, pues representan a Cristo, sellan la participación en él, distinguen a la iglesia y comprometen a su servicio.1 El sacramento es, pues, «palabra visible» (Agustín): la misma promesa del evangelio, no ya oída, sino vista, tocada y comida, para que la fe, débil y necesitada de apoyos sensibles, se confirme. Por eso la Confesión llama a los sacramentos «signos y sellos» (27.1): signos, porque representan a Cristo; sellos, porque, como el sello del rey en un documento, confirman y garantizan la promesa a quien la recibe por fe (Ro 4:11). No añaden nada a la promesa; la confirman.

La Confesión, fiel a la teología reformada, navega entre dos errores opuestos. Por un lado, el sacramentalismo romano, que hace del sacramento un canal que confiere la gracia ex opere operato —por la sola realización del rito, con tal que el receptor no ponga obstáculo—; multiplica los sacramentos a siete; y, con la transubstanciación, identifica el signo con la cosa hasta hacer desaparecer el pan. Contra esto, 27.3 enseña que la gracia «no es conferida por ningún poder que haya en ellos», sino por el Espíritu; 27.4, que hay «solo dos»; y 27.2, que la unión del signo y la cosa es sacramental, no física. Por otro lado, el memorialismo (de inspiración zwingliana en su forma radical), que reduce el sacramento a un mero signo conmemorativo, vacío de la cosa significada, una simple ayuda a la memoria. Contra esto, la Confesión sostiene que en el sacramento la gracia se ofrece y presenta realmente (27.3; cf. 28.6; 29.7): el signo no está vacío, sino unido a la cosa, que el Espíritu confiere a la fe.

Así, el sacramento queda en su justo lugar: ni vacío ni mágico, sino sello eficaz por la obra del Espíritu y la palabra de institución. Y 27.5 corona la doctrina con la unidad del pacto (cf. cap. 7): los sacramentos del Antiguo y del Nuevo Testamento difieren en la forma, pero en sustancia significan al mismo Cristo —la circuncisión y el bautismo sellan el mismo injerto; la pascua y la Cena, el mismo Cordero—.

27.1 · Signos y sellos del pacto de gracia

«Los sacramentos son signos y sellos santos del pacto de gracia, instituidos inmediatamente por Dios.» Dos palabras gobiernan la definición: signo y sello. Como signo, el sacramento representa —el agua, el lavamiento del pecado; el pan y el vino, el cuerpo y la sangre—. Como sello, confirma y garantiza la promesa del pacto a quien la recibe por fe, como el sello real autentica un documento. El par no es invención del siglo XVII: los divines derivaron el sentido de ambas palabras del uso bíblico, no de su acepción contemporánea.2 Y son «instituidos inmediatamente por Dios»: no los inventó la iglesia, sino que Dios mismo los ordenó. La sección da cuatro fines: «representar a Cristo y sus beneficios» (significar), «confirmar nuestro interés en él» (sellar nuestro derecho en Cristo), «poner una diferencia visible entre los que pertenecen a la iglesia y el resto del mundo» (distinguir al pueblo de Dios), y «comprometerlos solemnemente al servicio de Dios en Cristo» (obligar al receptor). El sacramento, pues, mira a Cristo (lo representa), al creyente (le sella su parte en Cristo), a la iglesia (la distingue) y al deber (lo compromete).

27.2 · La unión sacramental

«Hay en cada sacramento una relación espiritual, o unión sacramental, entre el signo y la cosa significada.» El signo y la cosa no son lo mismo (el agua no es la regeneración; el pan no es el cuerpo físico de Cristo), pero tampoco están separados: hay entre ellos una unión sacramental, una relación instituida por Dios. De ahí nace lo que la sección llama el intercambio de nombres y efectos: «los nombres y efectos del uno se atribuyen al otro». Por eso la Escritura puede decir «esto es mi cuerpo» (Mt 26:26) —dando al signo el nombre de la cosa— o llamar al bautismo «el lavamiento de la regeneración» (Tit 3:5) —dando al signo el efecto de la cosa—. Esta es la clave para leer rectamente el lenguaje sacramental de la Biblia: ni literalismo (que lleva a la transubstanciación) ni vaciamiento (que lleva al memorialismo), sino metonimia sacramental.3

En los Catecismos. La definición de 27.1 se corresponde casi a la letra con la de los Catecismos: el sacramento es «una santa ordenanza instituida por Cristo en su iglesia, para significar, sellar y presentar realmente a los que están dentro del pacto de gracia los beneficios de su mediación… y para distinguirlos de los que están fuera» (CMa 162); y «una santa ordenanza instituida por Cristo, en la cual, por señales sensibles, Cristo y los beneficios del nuevo pacto son representados, sellados y aplicados a los creyentes» (CMe 92) —eco de los «signos y sellos… para representar a Cristo y sus beneficios» de 27.1—. Y la unión sacramental de 27.2 se corresponde con las dos partes del sacramento que el Mayor distingue: «la una, una señal externa y sensible…; la otra, una gracia interna y espiritual, por ella significada» (CMa 163).

27.3 · La eficacia del sacramento

Es el corazón del capítulo. «La gracia que es presentada realmente en o por los sacramentos, rectamente usados, no es conferida por ningún poder que haya en ellos.» La Confesión niega de raíz el ex opere operato: el sacramento no contiene ni transmite la gracia por la sola fuerza del rito. «Ni la eficacia de un sacramento depende de la piedad o intención del que lo administra»: niega también el donatismo —la validez del sacramento no pende de la santidad del ministro—. ¿De qué depende, entonces? «De la obra del Espíritu y de la palabra de institución» —el Espíritu Santo es quien obra, y la palabra de institución (el mandato y la promesa de Cristo) es el instrumento—. Y esa palabra «contiene, junto con un precepto que autoriza su uso, una promesa de beneficio para los que los reciben dignamente»: el sacramento aprovecha a los que lo reciben dignamente, es decir, por fe. Así, la gracia del sacramento es real (se ofrece y presenta, no es vacío signo), pero no automática (la confiere el Espíritu, a la fe).4

En los Catecismos. La eficacia coincide al detalle con el Mayor: los sacramentos «vienen a ser medios eficaces de salvación, no por algún poder en ellos mismos, ni por virtud alguna derivada de la piedad o intención de aquel por quien son administrados, sino solamente por la operación del Espíritu Santo y la bendición de Cristo» (CMa 161; cf. CMe 91) —que es la doctrina misma de 27.3, negando a la vez el ex opere operato (no «por algún poder en ellos mismos») y el donatismo (no «por la piedad o intención» del ministro)—.

27.4 · El número y el ministro

«Hay solo dos sacramentos ordenados por Cristo nuestro Señor en el evangelio, a saber, el bautismo y la cena del Señor.» Contra los siete de Roma, la Confesión cuenta dos, y solo dos —porque solo dos fueron instituidos por Cristo con elemento sensible y promesa de gracia—. No son meros ejemplos de un género de símbolos que la iglesia tuviera permiso de inventar, sino los dos ordenados por Cristo mismo.5 Y añade quién puede administrarlos: «ninguno de los cuales puede ser administrado sino por un ministro de la Palabra legítimamente ordenado». No hay bautismo de laicos ni de emergencia: el ministerio fue dado a la iglesia (25.3), y, como la eficacia no se almacena en el rito (27.3), no hay urgencia que justifique al administrador ilegítimo —ningún niño se pierde por morir sin bautismo (10.3; 28.5)—.

En los Catecismos. El número coincide: hay «solamente dos sacramentos: el bautismo y la Cena del Señor» (CMa 164; cf. CMe 93). Y el Mayor, al comparar los dos, fija también el ministro legítimo: bautismo y Cena «concuerdan en que el autor de ambos es Dios; la parte espiritual de ambos es Cristo y sus beneficios; ambos son sellos del mismo pacto, han de ser dispensados por ministros del evangelio y por ningún otro» (CMa 176). La armonía es exacta: la doctrina del sacramento es una sola en los tres documentos.

27.5 · La continuidad pactual

«Los sacramentos del antiguo testamento, en cuanto a las cosas espirituales por ellos significadas y presentadas realmente, fueron, en sustancia, los mismos que los del nuevo.» La sección corona el capítulo con la unidad del pacto de gracia (cap. 7): los sacramentos antiguos (circuncisión, pascua) y los nuevos (bautismo, Cena) difieren en la forma externa, pero «en sustancia» significan lo mismo —al mismo Cristo y sus beneficios—. Pablo lo dice de Israel en el desierto: «todos… bebieron la misma bebida espiritual… y la roca era Cristo» (1 Co 10:4). La sustancia de unos y otros es la misma: Cristo y su evangelio; por eso Pablo puede llamar «bautismo» al paso por el mar.6 De aquí se sigue la analogía que el capítulo siguiente usará: como la circuncisión sellaba el pacto a los infantes de Israel, el bautismo lo sella a los infantes de los creyentes (28.4).

La doctrina en la historia

El camino de la doctrina

«Sacramento» no es palabra de la Escritura, y la definición reformada —así describe Hodge el método— no se buscó en la etimología, sino en la cosa misma: tomando el bautismo y la Cena —reconocidos por todos— y examinando su origen, su naturaleza y su uso. De ese examen salió la definición que la exposición de 27.1–27.2 ya recorrió: institución inmediata, signo y gracia, unión sacramental, fines. Lo que la historia añade es el filo: casi cada cláusula del capítulo corta contra un adversario con nombre y fecha.

El frente principal es Trento, y en tres puntos. Contra el ex opere operato —el Concilio de Trento (Sesión VII, cánones 6 y 8) enseñó que el sacramento confiere la gracia por la sola fuerza de la acción sacramental al que no pone óbice—, 27.3 responde como quedó dicho en su exposición: la gracia «no es conferida por ningún poder que haya en ellos». Contra la exigencia romana de la intención del ministro como requisito de validez (Trento, De sacramentis in genere, can. 11), y a la vez contra el antiguo donatismo, que hacía pender la validez de su piedad, la misma sección corta con doble filo: ni intención ni piedad, sino la obra del Espíritu y la palabra de institución. Y contra los siete sacramentos: el número de siete se formó —según lo sitúa Hodge— en el siglo XII, y fue fijado autoritativamente en el Concilio de Florencia (1439) y en Trento; frente a él, 27.4 cuenta dos, y solo dos —sin restaurar por eso teoría sacerdotal alguna: la ordenación que 27.4 exige no transmite gracia en sucesión apostólica; es requisito de orden eclesial, como quedó dicho en la exposición de 27.4—.7

Dos precisiones de lenguaje pertenecen también a esta historia. El verbo rector de 27.3 y 27.5 es el viejo término técnico sacramental exhibere, que no significa «mostrar»: «la palabra inglesa antigua exhibit usada aquí no significa "mostrar", sino tiene el significado de la latina exhibere, de la que se deriva administrar, aplicar» —de ahí la lectura «presentar realmente» que el aparato crítico de este capítulo documenta—.8 Y la metonimia sacramental de 27.2 tiene su límite histórico: de que el bautismo «lave los pecados» (Hch 22:16) infirieron romanistas y ritualistas la regeneración bautismal; pero los efectos de la cosa acompañan al signo solo cuando el signo va acompañado de aquello que significa —el testigo latino añade aquí quandoque: la atribución es ocasional, no regla constante—, porque la gracia es soberana.

Una advertencia antes de entrar en la sala. Estas correspondencias entre el capítulo y sus adversarios —Trento, el donatismo, el memorialismo— son lectura doctrinal transmitida por los comentaristas, señaladamente Hodge, no debates asentados en las actas de la Asamblea: las actas votan, no glosan. Lo poco —y precioso— que las actas conservan es lo que sigue.

En la mesa de la Asamblea

Conviene empezar por la honestidad documental: no hay en el corpus del proyecto actas que documenten la historia interna de la redacción de la definición de este capítulo. Las actas votan, no glosan; y de la fragua de estas cláusulas el corpus no conserva registro.

Lo que sí conservan toca la corona del capítulo, la continuidad pactual de 27.5. En la sesión 862 (1647), la Asamblea asentó que «ambos son sellos del mismo pacto» (both are seals of the same covenant), y asentó a la vez una decisión negativa: «no se hará adición alguna acerca de su sucesión respecto de los sacramentos del Antiguo Testamento».9 El voto es elocuente en su sobriedad: la Asamblea confesó la unidad del sello bajo el único pacto —lo que 27.5 enseña— y rehusó decir una palabra más. Donde el historiador honesto calla, el comentarista también; el detalle documental queda en la revisión de fuentes primarias del proyecto.

Para la iglesia

El capítulo enseña a la iglesia a estimar los sacramentos en su justo valor: ni a despreciarlos como meros símbolos, ni a fiarse de ellos como ritos mágicos. Donde se cree, el creyente recibe los sacramentos por fe, sabiendo que en ellos Cristo y sus beneficios se le ofrecen y sellan realmente, pero que su eficacia es obra del Espíritu, no del agua ni del pan; y no funda su salvación en haber recibido el rito, sino en Cristo, a quien el rito sella.

En el púlpito

Conviene predicar el sacramento como «palabra visible»: la misma promesa del evangelio, sellada a los sentidos para confirmar la fe débil. El predicador guarda a su pueblo de los dos errores: del que confía en el bautismo recibido sin fe (sacramentalismo) y del que tiene la Cena por mero recuerdo vacío (memorialismo).

En la catequesis

El capítulo se enseña con CMe 91–93 y CMa 161–164, 176–177. Conviene fijar las definiciones: qué es un sacramento (signo y sello), cuántos son (dos), de qué depende su eficacia (del Espíritu y la palabra, no del rito ni del ministro). La doctrina de la eficacia (27.3; CMa 161) cura por igual la superstición y el escepticismo.

En la administración y la membresía

La iglesia administra los dos sacramentos «por un ministro de la Palabra legítimamente ordenado» (27.4), en la asamblea, con la palabra de institución —no en privado ni por mano laica—. Y enseña a sus miembros a recibirlos «dignamente», es decir, por fe y con examen (cf. cap. 29), para que el sello aproveche.

En la formación de oficiales

El candidato debe definir el sacramento como signo y sello del pacto de gracia; exponer la unión sacramental (27.2) como clave del lenguaje bíblico, contra el literalismo y el vaciamiento; sostener la eficacia por el Espíritu (27.3) contra el ex opere operato y el donatismo; defender los dos sacramentos contra los siete de Roma (27.4); y fundar la continuidad pactual (27.5) que sostiene el bautismo de los infantes (cap. 28). De esta doctrina depende que la iglesia use bien las señales que Cristo le dio.

Preguntas de estudio

Las preguntas básicas sirven para la clase y la catequesis; las avanzadas, para la formación de oficiales y el estudio detenido.

Básicas. (1) ¿Qué es un sacramento (27.1)? (2) ¿Cuáles son sus cuatro fines (27.1)? (3) ¿Qué es la unión sacramental (27.2)? (4) ¿De qué depende —y de qué no depende— la eficacia del sacramento (27.3)? (5) ¿Cuántos sacramentos hay, y quién puede administrarlos (27.4)? (6) ¿En qué se parecen los sacramentos del Antiguo y del Nuevo Testamento (27.5)?

Avanzadas. (1) Distinga «signo» y «sello» en 27.1. ¿Qué añade el sacramento a la promesa del evangelio? (2) ¿Cómo explica la unión sacramental (27.2) la frase «esto es mi cuerpo» sin caer en la transubstanciación? (3) ¿Qué es el ex opere operato, y cómo lo niega 27.3? ¿Y el donatismo? (4) ¿Por qué «solo dos» sacramentos (27.4)? ¿Qué les falta a los otros cinco de Roma? (5) ¿Por qué no admite la Confesión el bautismo administrado por laicos (27.4; cf. 27.3; 10.3)? (6) ¿Cómo funda 27.5 la unidad del pacto, y qué consecuencia tiene para el bautismo de los infantes (cap. 28)? (7) ¿En qué sentido se «presenta realmente» la gracia en los sacramentos (27.3)?

Glosario del capítulo

Sacramento — signo y sello santo del pacto de gracia, instituido por Dios, que representa a Cristo y sus beneficios, sella nuestra parte en él, distingue al pueblo de Dios y compromete al servicio (27.1; CMa 162).

Signo / sello — el sacramento representa (signo) y confirma o garantiza (sello) la promesa del pacto a la fe (27.1; Ro 4:11).

Unión sacramental — la relación espiritual, instituida por Dios, entre el signo y la cosa significada, fuente de la metonimia sacramental (27.2).

Metonimia sacramental — el modo bíblico de atribuir al signo el nombre o efecto de la cosa («esto es mi cuerpo»; «el lavamiento de la regeneración»), por razón de la unión sacramental (27.2).

Ex opere operato — la doctrina romana (rechazada en 27.3) de que el sacramento confiere la gracia por la sola realización del rito.

Donatismo — el error (rechazado en 27.3) de hacer depender la validez o eficacia del sacramento de la piedad del ministro.

Presentar realmenteexhibit/exhibere: ofrecer y presentar realmente (no «mostrar»); decisión terminológica del proyecto, adoptada por el comité editorial (2026-06-26) y aplicada uniformemente en el cuerpo (27.3, 27.5; cf. 7.6). El original inglés (exhibited) y latino (exhibetur) se conservan documentados en el aparato.

Bibliografía comentada

  • Testigos textuales: el manuscrito de 1646 (M), el impreso inglés de 1647 (E), la traducción latina de 1656/1659 (L), la recensión americana de 1788 / impresión de 1801 (A) y Schaff (S) / Carruthers (C) — concordes: WCF 27 no tiene variante de cuerpo.
  • Chad Van Dixhoorn, La fe que confesamos, trad. Timoteo Sazo (Edimburgo: El Estandarte de la Verdad, 2022; orig. Confessing the Faith, 2014), cap. 27, pp. 377–385 — exposición contemporánea de los sacramentos. El autor es editor de las Minutes de la Asamblea; se cita como voz secundaria de corroboración, con atribución y página y citas breves de la edición de Sazo (uso honrado). Aportes incorporados en notas: la institución divina de los signos (arco histórico-redentivo); el sentido de «señal» y «sello» derivado del uso bíblico (27.1); el §2 como «manual de lectura» de la terminología bíblica (27.2); la eficacia por el Espíritu, no por la intención del ministro (27.3); los dos sacramentos no inventados por la iglesia (27.4); la sustancia única —Cristo y su evangelio— de los sacramentos del Antiguo y del Nuevo Testamento (27.5).
  • A. A. Hodge, Comentario a la Confesión de Fe de Westminster, cap. XXVII — exposición de la naturaleza y eficacia de los sacramentos, contra Roma y el memorialismo; voz de corroboración, bajo la Confesión.
  • G. I. Williamson, The Westminster Confession of Faith for Study Classes, cap. 27 — preguntas de clase sobre los sacramentos.
  • Catecismos: CMe 91–93; CMa 161–164, 176–177 (la naturaleza, las partes, la eficacia y el número de los sacramentos).
  • Cotejo castellano: Los estándares de Westminster (Editorial CLIR, 2010; trad. A. Ramírez) — atención a los términos «interés» y «exhibir»; colación íntegra pendiente.

Footnotes

  1. Chad Van Dixhoorn, La fe que confesamos, trad. Timoteo Sazo (Edimburgo: El Estandarte de la Verdad, 2022), 379. De la institución divina de los signos (arco histórico-redentivo; 27.1): «¿Y cómo no? ¿Quién más que Dios podría —y quién otro más que Dios tiene derecho a— instituir emblemas» para representar a Cristo, confirmar la participación en él, distinguir a la iglesia y comprometer a su servicio.

  2. Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 378. Del sentido de «señal» y «sello» (27.1): «en la Biblia una señal es una marca distintiva que apunta a una cosa que existe, y un sello confirma o certifica la autenticidad de una cosa». Van Dixhoorn observa, además, que los teólogos de la Asamblea no transfirieron «imprudentemente» significados contemporáneos a las palabras bíblicas, sino que los derivaron del uso bíblico (lectura del autor sobre el método, no acta de la Asamblea).

  3. Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 381. De la función del segundo párrafo (27.2), en lectura propia del autor: su tarea «es presentar un manual para la lectura correcta de la terminología bíblica», y no levantar «un majestuoso sistema sacramental sobre un fundamento equivocado». La atribución cruzada de nombres y efectos es, así, clave hermenéutica, no eficacia automática.

  4. Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 382–83. De la eficacia del sacramento (27.3): «la eficacia de ellos no depende de la santidad ni de la intención del que los administra», sino que «depende de la obra del Espíritu Santo». La gracia se confiere por el Espíritu y la palabra de institución, no por el rito ni por el ministro.

  5. Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 384. De los dos sacramentos (27.4): «solo hay dos sacramentos instituidos por Cristo nuestro Señor… el bautismo y la cena del Señor», y no eran «sencillamente ejemplos del tipo de símbolos que los cristianos tenían permiso para inventar».

  6. Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 385. De la sustancia única de los sacramentos del Antiguo y del Nuevo Testamento (27.5): «eran en sustancia los mismos», siendo esa sustancia «Jesucristo y su glorioso evangelio», por lo que Pablo llama «bautismo» al paso por el mar (1 Co 10:1–4).

  7. A. A. Hodge, Comentario a la Confesión de Fe de Westminster, cap. XXVII, 305 (el método de la definición) y 309–311. En la p. 309 Hodge imprime la referencia «Conc. Trident. Sess. VII., Cans. 6 y 8»; el canon de la intención es Trento, De sacramentis in genere, can. 11 (Sesión VII, 1547), aunque la nota de Hodge imprime «Sess. VIII., Can. 11» —probable errata de su fuente—, por lo que el dato se recoge aquí como dato histórico, no como cita de Hodge. Para la fijación conciliar del número de siete, Hodge da Florencia (1439) y, para Trento, la fecha «1562», que se conserva solo con esa atribución: la Sesión VII, sobre los sacramentos en general, es de 1547, y el dato queda por verificar antes de afirmarse como cronología propia.

  8. Hodge, Comentario, 307–308. La cita de exhibit/exhibere está en la p. 308; el límite de la atribución sacramental —los efectos «acompañan al signo sólo cuando el signo es acompañado por aquello que él significa»— y «la gracia es soberana», en la p. 307.

  9. Minutes of the Sessions of the Westminster Assembly of Divines, ed. Alexander F. Mitchell y John Struthers (1874), sesión 862 (1647).