Capítulo 28 · Del bautismo
Edición de estudio comentada
Para entrar: «La promesa es para vosotros, y para vuestros hijos»
El día de Pentecostés, cuando el pueblo, traspasado de corazón, preguntó «¿qué haremos?», Pedro no respondió con una palabra solo para los que estaban delante de él. «Arrepentíos», les dijo, «y bautícese cada uno de vosotros en el nombre de Jesucristo para perdón de los pecados»; y al punto, antes de que pudieran imaginarse que esa promesa terminaba en ellos, añadió: «porque para vosotros es la promesa, y para vuestros hijos, y para todos los que están lejos; para cuantos el Señor nuestro Dios llamare» (Hch 2:38–39). La misma voz que llamaba a los oyentes alcanzaba ya a sus hijos. No era una novedad: era el viejo lenguaje del pacto con Abraham —«seré tu Dios, y el de tu descendencia después de ti» (Gn 17:7)— ahora resonando bajo el evangelio, con un sello nuevo.
Ese sello es el bautismo. Cuando el Señor resucitado envió a los suyos a hacer discípulos a todas las naciones, les mandó hacerlo «bautizándolos en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo» (Mt 28:19). El agua que se derrama sobre el bautizado no es un adorno religioso ni un rito vacío: es la señal y el sello de que Dios pone sobre el creyente —y, en el pacto, sobre sus hijos— las grandes realidades de la redención: el injerto en Cristo, la regeneración, la remisión de los pecados, la entrega a Dios para andar en novedad de vida. Como la circuncisión se ponía sobre el niño de ocho días porque el pacto lo abrazaba, así el bautismo se pone hoy sobre el creyente y su casa, porque la promesa sigue siendo «para vosotros, y para vuestros hijos».
Pero el sello puede ser despreciado, y también puede ser mal entendido. Hay quien lo descuida, como si fuera cosa indiferente; hay quien lo absolutiza, como si el agua misma regenerara; hay quien lo repite, como si pudiera entrarse dos veces en el pacto; y hay quien lo niega a los hijos del creyente, como si la promesa hubiera dejado de abrazarlos. Contra todos estos, la Confesión guarda el bautismo en su justo lugar.
El capítulo lo expone en siete pasos. Confiesa primero qué es el bautismo y para qué se da —admisión a la iglesia visible y sello del pacto de gracia (28.1)—; luego su elemento, fórmula y ministro (28.2); su modo —no necesariamente la inmersión (28.3)—; sus sujetos —profesantes e infantes de creyentes (28.4)—; la doble negación que lo guarda de la superstición (28.5); su eficacia no atada al momento (28.6); y, por fin, su unicidad —se administra una sola vez (28.7)—. El hilo es este: el bautismo sella la entrada en el pacto; ni se desprecia, ni se absolutiza, ni se repite, ni se niega a los hijos del pacto.
Tesis doctrinal
El bautismo es el primero de los dos sacramentos: el sello de la entrada en el pacto. La Confesión lo expone en siete pasos. Primero, qué es y para qué: un sacramento del Nuevo Testamento, ordenado por Cristo, para la admisión solemne en la iglesia visible y para ser signo y sello del pacto de gracia, del injerto en Cristo, de la regeneración, de la remisión de los pecados y de la entrega a Dios (28.1). Segundo, su elemento, fórmula y ministro: el agua, en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo, por un ministro legítimamente llamado (28.2). Tercero, su modo: la inmersión no es necesaria; basta derramar o rociar agua (28.3). Cuarto, sus sujetos: los que profesan la fe y también los infantes de padres creyentes (28.4). Quinto, su doble negación: es gran pecado despreciarlo, pero la gracia y la salvación no están tan atadas a él que nadie pueda salvarse sin él ni que todo bautizado sea regenerado (28.5). Sexto, su eficacia no atada al momento: la gracia prometida se ofrece y confiere por el Espíritu, en el tiempo que Dios señala, a aquellos a quienes pertenece (28.6). Y séptimo, su unicidad: se administra una sola vez (28.7). El bautismo sella la entrada en el pacto; ni se desprecia (contra los que lo descuidan), ni se absolutiza (contra la regeneración bautismal), ni se repite (contra el rebautismo), ni se niega a los hijos del pacto (contra el antipedobautismo).
Cómo leer este capítulo
El capítulo recorre el bautismo de su definición a su unicidad. 28.1: qué es y para qué —admisión a la iglesia visible y sello del pacto de gracia y de sus cinco beneficios—. 28.2: el elemento (agua), la fórmula (trinitaria) y el ministro (legítimo). 28.3: el modo —no es necesaria la inmersión; basta derramar o rociar—. 28.4: los sujetos —profesantes e infantes de creyentes—. 28.5: la doble negación —ni la salvación está atada al bautismo, ni todo bautizado es regenerado—. 28.6: la eficacia —no atada al momento, conferida por el Espíritu en el tiempo de Dios—. 28.7: la unicidad —una sola vez—. De qué sella el bautismo (28.1) a cómo, a quiénes y con qué eficacia se administra (28.2–28.6), hasta su irrepetibilidad (28.7): el sello de la entrada en el pacto, guardado de la superstición y de la repetición.
Texto confesional
28.1. El bautismo es un sacramento del nuevo testamento, ordenado por Jesucristo, no solo para la admisión solemne de la persona bautizada en la iglesia visible, sino también para que le sea signo y sello del pacto de gracia, de su injerto en Cristo, de la regeneración, de la remisión de los pecados y de su entrega a Dios, por Jesucristo, para andar en novedad de vida; el cual sacramento, por mandato del propio Cristo, ha de continuarse en su iglesia hasta el fin del mundo.
Referencias bíblicas: Mt 28:19; 1 Co 12:13; Gá 3:27; Ro 4:11 con Col 2:11, 12; Ro 6:5; Tit 3:5; Mr 1:4; Ro 6:3, 4; Mt 28:19, 20.
28.2. El elemento externo que ha de usarse en este sacramento es el agua, con la cual la persona ha de ser bautizada en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo, por un ministro del evangelio legítimamente llamado para ello.
Referencias bíblicas: Mt 3:11; Jn 1:33; Mt 28:19, 20.
28.3. La inmersión de la persona en el agua no es necesaria, sino que el bautismo es rectamente administrado derramando o rociando agua sobre la persona.
Referencias bíblicas: He 9:10, 19–22; Hch 2:41; 16:33; Mr 7:4.
28.4. No solo los que efectivamente profesan fe en Cristo y obediencia a él, sino también los infantes de uno o ambos padres creyentes, han de ser bautizados.
Referencias bíblicas: Mr 16:15, 16; Hch 8:37, 38; Gn 17:7, 9 con Gá 3:9, 14 y Col 2:11, 12 y Hch 2:38, 39 y Ro 4:11, 12; 1 Co 7:14; Mt 28:19; Mr 10:13–16; Lc 18:15.
28.5. Aunque sea un gran pecado menospreciar o descuidar esta institución, sin embargo, la gracia y la salvación no están tan inseparablemente unidas a ella, que ninguna persona pueda ser regenerada o salvada sin ella, o que todos los bautizados sean indudablemente regenerados.
Referencias bíblicas: Lc 7:30 con Éx 4:24–26; Ro 4:11; Hch 10:2, 4, 22, 31, 45, 47; Hch 8:13, 23.
28.6. La eficacia del bautismo no está atada a aquel momento del tiempo en que es administrado; sin embargo, por el recto uso de esta institución, la gracia prometida no solo es ofrecida, sino realmente presentada y conferida por el Espíritu Santo a aquellos (sean adultos o infantes) a quienes esa gracia pertenece, según el consejo de la propia voluntad de Dios, en su tiempo señalado.
Referencias bíblicas: Jn 3:5, 8; Gá 3:27; Tit 3:5; Ef 5:25, 26; Hch 2:38, 41.
28.7. El sacramento del bautismo ha de ser administrado una sola vez a cualquier persona.
Referencias bíblicas: Tit 3:5.
Exposición doctrinal
El bautismo en la historia de la redención
El bautismo es el sello de entrada en el pacto de gracia, y para entenderlo hay que verlo en su lugar dentro de la historia de la redención. La institución la dio el Señor mismo: «id, y haced discípulos a todas las naciones, bautizándolos en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo» (Mt 28:19). Y lo que el bautismo sella son las grandes realidades de esa redención: el injerto en Cristo —«porque todos los que habéis sido bautizados en Cristo, de Cristo estáis revestidos» (Gá 3:27)—; la regeneración y la remisión —«el lavamiento de la regeneración» (Tit 3:5)—; la sepultura y resurrección con Cristo —«sepultados juntamente con él para muerte por el bautismo» (Ro 6:4)—. No es, pues, un signo de invención humana, sino la ordenanza por la cual Cristo manda aplicar visiblemente a los suyos lo que su muerte y resurrección les ganaron.1
El bautismo sucede a la circuncisión como esta sucedió a ninguna otra señal: ambos sellan el mismo pacto (cf. 27.5). Cuando Dios hizo pacto con Abraham, le dio la circuncisión como sello, y mandó aplicarla no solo a él, sino a su descendencia, «al de ocho días» (Gn 17:12) —el sello del pacto se puso sobre los infantes, porque el pacto los abrazaba—. Bajo el Nuevo Testamento, el bautismo ocupa el lugar de la circuncisión (Col 2:11, 12) y sella las mismas realidades: el injerto en Cristo, la remisión, la regeneración. De aquí la doctrina del bautismo de los infantes (28.4): si el pacto sigue abrazando a los hijos de los creyentes —«la promesa es para vosotros, y para vuestros hijos» (Hch 2:39)—, y el bautismo es el sello del pacto, entonces los hijos de los creyentes han de ser bautizados, como los de Abraham eran circuncidados. El bautismo no hace al niño miembro del pacto; sella la membresía que el pacto ya le da.
La Confesión guarda esta doctrina de dos errores. Contra el antipedobautismo (anabaptista, bautista), que niega el bautismo a los infantes porque no pueden profesar fe, la Confesión responde con la unidad del pacto: los infantes de Israel recibían el sello sin profesar, porque el pacto los abrazaba; lo mismo vale ahora (28.4). Y contra la regeneración bautismal (romana y de cierto sacramentalismo), que hace del bautismo el instrumento que infaliblemente regenera, la Confesión opone la doble negación de 28.5: ni la salvación está tan atada al bautismo que nadie pueda salvarse sin él (el ladrón en la cruz; los infantes elegidos que mueren sin bautismo, 10.3), ni todo bautizado es regenerado (Simón el mago, Hch 8). El bautismo sella la promesa, pero la gracia la confiere el Espíritu, a los elegidos, en el tiempo de Dios (28.6). Así, el bautismo cristiano queda en su lugar: sello real del pacto, puesto sobre los creyentes y sus hijos, pero no canal mágico ni garantía automática de salvación.
28.1 · Qué es el bautismo y para qué se da
«El bautismo es un sacramento del nuevo testamento, ordenado por Jesucristo.» La sección da dos fines. El primero, eclesial: «la admisión solemne de la persona bautizada en la iglesia visible» —por el bautismo se entra visiblemente en la iglesia—. El segundo, pactual: «para que le sea signo y sello del pacto de gracia», y la Confesión enumera cinco cosas que el bautismo sella: «su injerto en Cristo, la regeneración, la remisión de los pecados y su entrega a Dios, por Jesucristo, para andar en novedad de vida». Nótese: el bautismo significa y sella estas cosas; no las confiere por sí mismo (28.5–28.6).2 Y «por mandato del propio Cristo, ha de continuarse en su iglesia hasta el fin del mundo»: no es rito transitorio, sino ordenanza permanente.
28.2 · El elemento, la fórmula y el ministro
«El elemento externo… es el agua» —no óleos, ni sal, ni exorcismos, sino agua sola—. «En el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo» —la fórmula trinitaria mandada por el Señor (Mt 28:19)—. «Por un ministro del evangelio legítimamente llamado para ello» —no por laicos ni parteras (cf. 27.4)—.
28.3 · El modo: no necesariamente la inmersión
«La inmersión de la persona en el agua no es necesaria, sino que el bautismo es rectamente administrado derramando o rociando agua sobre la persona.» Contra los que tienen la inmersión por esencial, la Confesión enseña que el modo no es necesario: basta derramar o rociar. La razón es teológica: el bautismo significa el derramamiento del Espíritu sobre el creyente (Hch 2:17) y la aspersión de la sangre de Cristo (He 9; Ez 36:25), imágenes de derramamiento y aspersión, no de sumersión. Nótese que la Confesión no prohíbe la inmersión; solo niega que sea necesaria.3
28.4 · Los sujetos: profesantes e infantes del pacto
«No solo los que efectivamente profesan fe en Cristo y obediencia a él, sino también los infantes de uno o ambos padres creyentes, han de ser bautizados.» Dos clases de sujetos: los profesantes (adultos que vienen de fuera, que han de profesar la fe antes del bautismo) y los infantes de los creyentes (que se bautizan por el pacto, sin profesar todavía). El fundamento es la unidad del pacto: como los hijos de Abraham eran circuncidados por estar en el pacto, los hijos de los creyentes son bautizados por la misma razón (Gn 17:7; Hch 2:39; Col 2:11, 12). Y basta «uno o ambos padres creyentes», porque «ahora son santos» los hijos aun de un solo cónyuge creyente (1 Co 7:14).4
En los Catecismos. Los sujetos del bautismo coinciden en los tres documentos. El Mayor enseña que el bautismo no se da a los que están «fuera de la iglesia visible… hasta que profesen su fe…; pero los infantes descendientes de padres que profesan la fe en Cristo… sea de ambos o de uno solo de ellos, están, en ese respecto, dentro del pacto, y han de ser bautizados» (CMa 166) —eco exacto de los «infantes de uno o ambos padres creyentes» de 28.4—. El Menor lo dice más breve: «los infantes de los que son miembros de la iglesia visible han de ser bautizados» (CMe 95).
28.5 · La doble negación
La sección guarda el bautismo de dos extremos. Por un lado: «sea un gran pecado menospreciar o descuidar esta institución» —no es cosa indiferente; despreciarlo es pecado grave (como el incircunciso era cortado del pueblo, Gn 17:14)—. Por otro lado, contra el sacramentalismo: «la gracia y la salvación no están tan inseparablemente unidas a ella, que ninguna persona pueda ser regenerada o salvada sin ella» —Dios no está atado a su sacramento; el ladrón se salvó sin bautismo, y los infantes elegidos que mueren sin él son salvos (10.3)— «o que todos los bautizados sean indudablemente regenerados» —no todo el que recibe el agua recibe la gracia: Simón el mago fue bautizado y quedó «en hiel de amargura» (Hch 8:13, 23)—. El bautismo sella; no regenera infaliblemente.5
28.6 · La eficacia no atada al momento
«La eficacia del bautismo no está atada a aquel momento del tiempo en que es administrado.» La gracia que el bautismo sella puede obrarse antes (un infante regenerado desde el vientre), en, o después del bautismo (un bautizado en la infancia, convertido años más tarde): la eficacia no coincide forzosamente con el rito. Pero —y aquí la sección guarda el otro flanco, contra el memorialismo— «la gracia prometida no solo es ofrecida, sino realmente presentada y conferida por el Espíritu Santo» —el bautismo no es vacío signo: en él la gracia se ofrece y confiere realmente, por el Espíritu—. ¿A quiénes y cuándo? «A aquellos (sean adultos o infantes) a quienes esa gracia pertenece» (los elegidos), «según el consejo de la propia voluntad de Dios, en su tiempo señalado». La eficacia es real, pero soberana (a los elegidos) y libre en el tiempo (cuando Dios quiere).6
En los Catecismos. Que la eficacia del bautismo no está en el rito mismo enlaza con la doctrina general de la eficacia sacramental: los sacramentos «vienen a ser medios eficaces de salvación, no por virtud alguna que haya en ellos, ni en el que los administra, sino solamente por la bendición de Cristo y la obra de su Espíritu en los que los reciben por fe» (CMe 91; cf. CMa 161; CFW 27.3). Y el Mayor añade un deber que la Confesión no formula pero que en ella está implícito: el de «mejorar nuestro bautismo… toda la vida» (CMa 167) —cómo el bautizado ha de vivir conforme a su bautismo—.
28.7 · La unicidad del bautismo
«El sacramento del bautismo ha de ser administrado una sola vez a cualquier persona.» Como el injerto en Cristo es uno y la entrada en el pacto es una, el sello de la entrada no se repite. De aquí la condena del rebautismo: el que cae y se arrepiente no se rebautiza, sino que vuelve a su bautismo —cuyo provecho es para toda la vida (CMa 167)—. El bautismo es irrepetible, como irrepetible es el sacrificio que sella (cf. 8.5; He 10:10).7
La doctrina en la historia
El camino de la doctrina
El capítulo entero está tendido entre dos extremos que la tradición reformada aprendió a nombrar. De un lado, la regeneración bautismal —la eficacia ex opere operato, adscrita al agua misma o a la intención del ministro—, que Hodge atribuye a «papistas y ritualistas» y refuta con tres razones: el lenguaje sacramental de la Escritura se explica por la unión entre el signo y la gracia significada; la fe y el arrepentimiento son requisitos previos del bautismo (Hch 2:38; 8:37); y la experiencia muestra que los bautizados en esas comunidades, por regla general, «no son regenerados».8 Del otro lado, «el otro extremo que dice que el bautismo es un mero signo de la gracia y una señal de la profesión cristiana»; el rótulo memorialismo con que este comentario lo designa es categoría doctrinal, no el nombre de un partido del siglo XVII. Contra el primero vale la doble negación ya expuesta en 28.5; contra el segundo, la eficacia real de 28.6: el bautismo, dice Hodge, «no solamente significa, sino que real y verdaderamente sella y transfiere la gracia a aquellos a quienes les pertenece según el pacto, es decir, a los elegidos» —no por cualidad alguna comunicada al agua, sino por la operación soberana del Espíritu, que usa la ordenanza «como de un instrumento o medio»—. Es exactamente la doctrina de CMa 161.
Sobre la controversia con los bautistas, Hodge deshace un malentendido durable: «con frecuencia se supone erróneamente que la controversia entre nuestros hermanos los bautistas y el resto de la Iglesia Cristiana… es una cuestión de modo… Esto es un gran error».9 El verdadero punto no es cuánta agua, sino qué simboliza el bautismo: si la sepultura y resurrección con Cristo —de donde la inmersión sería esencial—, o la purificación obrada por el Espíritu —de donde el modo es indiferente—. Y como el bautismo del Espíritu se describe en la Escritura como derramamiento y aspersión, «por necesidad el modo es del todo indiferente, con tal que se haga del modo más decente». Es la misma razón teológica que quedó dicha en 28.3; y la frontera real con el credobautismo no pasa por el agua, sino por el pacto, como quedó dicho en 28.4.
Queda la sección más fina del capítulo, la eficacia desligada del momento (28.6), para la cual Hodge dejó una figura legal que la ilumina sin sustituirla: la gracia es «como una propiedad que puede ser sellada y transferida por medio de una escritura a un menor de edad, pero éste no podrá entrar de hecho al goce de ella, sino hasta el tiempo y bajo las condiciones que son predeterminadas por el testamento del padre».10 La triple delimitación de la sección —a quienes la gracia pertenece, según el consejo de la voluntad de Dios, en su tiempo señalado— reconcilia así la eficacia real con la soberanía electiva y temporal.
En la mesa de la Asamblea
Una advertencia debida antes de entrar en la sala: el mapa de adversarios que acaba de trazarse —Roma y el ritualismo, el credobautismo inmersionista, el memorialismo— es una reconstrucción doctrinal del proyecto a partir de Hodge y del aparato de notas, no un dato documentado de los debates de la Asamblea de Westminster. Las actas votan, no glosan; y en el caso de este capítulo, el cotejo confirma que WCF 28 no tiene variante de cuerpo entre las recensiones y que ninguna se dirime por las actas: no hay aquí una palabra añadida por voto que contar, ni restauración que hacer.
Lo poco que puede decirse con nombre propio viene mediado por la fuente secundaria, y así ha de recibirse. Hodge afirma que la denominación bautista «es un partido moderno»: es afirmación suya, testimonio de su comentario, no decisión de la Asamblea.11 Y uno de sus datos exige corrección: la fecha que da para el origen del movimiento —«los anabaptistas de Alemania, A. D. 1637»— no se avala como hecho, pues el anabaptismo continental es del siglo XVI (Münster, década de 1530) y el bautismo particular inglés surge hacia 1638; Hodge parece confundir ambos fenómenos. De su punto se conserva solo lo doctrinalmente pertinente: que la práctica pedobautista es la de la Iglesia desde el principio, y que el credobautismo exclusivo es histórica y geográficamente tardío y minoritario.
No se introduce aquí ningún debate de la Asamblea no documentado. Donde el historiador honesto calla, el comentarista también; el detalle documental queda en la revisión de fuentes primarias del proyecto.
Para la iglesia
El capítulo da a la iglesia una doctrina del bautismo que consuela y guarda. Donde se cree, los padres creyentes presentan a sus hijos al bautismo como Abraham circuncidaba a los suyos, confiando la promesa del pacto; y el bautizado vive conforme a su bautismo (CMa 167), volviendo a él en el arrepentimiento, no buscando repetirlo. Y donde se cree, nadie funda su salvación en el agua recibida ni desespera por el agua no recibida: el bautismo sella la promesa, pero la gracia la confiere el Espíritu, a la fe.
En el púlpito
Conviene predicar el bautismo de los infantes desde el pacto (Gn 17; Hch 2:39), y guardar al pueblo de la regeneración bautismal (28.5): no todo bautizado es salvo, y el bautismo llama al bautizado a la fe y al arrepentimiento, no lo dispensa de ellos.
En la catequesis
El capítulo se enseña con CMe 94–95 y CMa 165–167. Conviene enseñar qué sella el bautismo, a quiénes se da (también a los infantes del pacto) y, con CMa 167, cómo «mejorar el bautismo» toda la vida —vivir como quien fue sellado para Cristo—.
En la membresía y la disciplina
La iglesia bautiza a los profesantes que vienen de fuera tras su profesión, y a los hijos de sus miembros creyentes por el pacto; administra el bautismo una sola vez (28.7) y no rebautiza a quien fue bautizado válidamente. A los que dudan de su bautismo de infancia se les enseña que el sello fue real y los llama a la fe que el sello presupone.
En la formación de oficiales
El candidato debe fundar el bautismo de los infantes en la unidad del pacto (28.4; 27.5) contra el antipedobautismo; sostener la doble negación de 28.5 contra la regeneración bautismal y contra el desprecio del sacramento; exponer la eficacia no atada al momento (28.6) contra el sacramentalismo y el memorialismo; y defender la unicidad (28.7) contra el rebautismo. De esta doctrina depende que la iglesia selle bien a los suyos y a sus hijos.
Preguntas de estudio
Las preguntas básicas sirven para la clase y la catequesis; las avanzadas, para la formación de oficiales y el estudio detenido.
Básicas. (1) ¿Qué es el bautismo, y qué sella (28.1)? (2) ¿Cuál es el elemento, la fórmula y el ministro del bautismo (28.2)? (3) ¿Es necesaria la inmersión (28.3)? (4) ¿A quiénes se administra el bautismo (28.4)? (5) ¿Está la salvación atada al bautismo? ¿Es todo bautizado regenerado (28.5)? (6) ¿Coincide siempre la eficacia del bautismo con el momento de administrarlo (28.6)? (7) ¿Cuántas veces se administra el bautismo (28.7)?
Avanzadas. (1) ¿Cómo funda la Confesión el bautismo de los infantes en el pacto (28.4; 27.5; Gn 17; Hch 2:39)? (2) ¿Por qué no es necesaria la inmersión, y qué significa el bautismo según 28.3? (3) Explique la doble negación de 28.5. ¿Contra qué error va cada parte? (4) ¿Qué quiere decir que «la eficacia del bautismo no está atada al momento» (28.6)? ¿Cómo guarda esta sección contra el sacramentalismo y el memorialismo a la vez? (5) ¿Por qué se administra el bautismo una sola vez, y qué error condena 28.7? (6) ¿Qué es «mejorar el bautismo» (CMa 167), y cómo se relaciona con 28.6? (7) ¿Basta un solo padre creyente para bautizar al hijo? ¿Por qué (28.4; 1 Co 7:14)?
Glosario del capítulo
Bautismo — sacramento del Nuevo Testamento, ordenado por Cristo, que admite en la iglesia visible y sella el pacto de gracia: el injerto en Cristo, la regeneración, la remisión de los pecados y la entrega a Dios (28.1).
Pedobautismo (bautismo de los infantes) — el bautismo de los hijos de padres creyentes, fundado en la unidad del pacto y en que el bautismo sucede a la circuncisión (28.4; Gn 17; Col 2:11, 12).
Modo del bautismo — derramar o rociar agua; la inmersión no es necesaria (28.3).
Regeneración bautismal — el error (rechazado en 28.5) de que el bautismo confiere infaliblemente la regeneración a todo el que lo recibe.
Eficacia no atada al momento — la doctrina (28.6) de que la gracia que el bautismo sella puede obrarse antes, en o después del rito, según el tiempo que Dios señala.
Mejorar el bautismo (improving our baptism) — el deber de vivir toda la vida conforme al bautismo recibido (CMa 167).
Rebautismo — la repetición del bautismo, rechazada por 28.7 (se administra «una sola vez»).
Bibliografía comentada
- Testigos textuales: M, E, L, A y S / C — concordes: WCF 28 no tiene variante de cuerpo.
- Chad Van Dixhoorn, La fe que confesamos, trad. Timoteo Sazo (Edimburgo: El Estandarte de la Verdad, 2022; orig. Confessing the Faith, 2014), cap. 28, pp. 387–403 — exposición contemporánea del bautismo. El autor es editor de las Minutes de la Asamblea; se cita como voz secundaria de corroboración, con atribución y página y citas breves de la edición de Sazo (uso honrado). Aportes incorporados en notas: el bautismo como dádiva de Dios y no invención de la iglesia (28.1); el marco de la «primera/segunda referencia» del sacramento (28.1); que el término «bautismo» no fija un modo (28.3); el pedobautismo como deducción doctrinal, no enseñanza explícita (28.4); la gravedad del descuido —la señal y la realidad— (28.5); la eficacia no automática, la analogía del viento y el bautismo que no es «talismán» (28.6); la administración una sola vez (28.7).
- A. A. Hodge, Comentario a la Confesión de Fe de Westminster, cap. XXVIII — exposición del bautismo, del pedobautismo y contra la regeneración bautismal; voz de corroboración, bajo la Confesión.
- G. I. Williamson, The Westminster Confession of Faith for Study Classes, cap. 28 — preguntas de clase sobre el bautismo.
- Catecismos: CMe 94–95; CMa 165–167 (la definición, los sujetos y el deber de mejorar el bautismo).
- Cotejo castellano: Los estándares de Westminster (Editorial CLIR, 2010; trad. A. Ramírez) — atención a «efectivamente» (actually) y a «presentar realmente» (exhibit); colación íntegra pendiente.
Footnotes
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Chad Van Dixhoorn, La fe que confesamos, trad. Timoteo Sazo (Edimburgo: El Estandarte de la Verdad, 2022), 388. Del origen del rito (28.1): «Cuando se trata de definir un emblema de entrada a la iglesia… no tenemos derecho a crear nuestro propio símbolo o ceremonia. Dios nos ha dado el bautismo». El bautismo es dádiva de Dios, no invención de la iglesia. ↩
-
Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 389. De que el bautismo significa y sella sin conferir por sí mismo (28.1): Van Dixhoorn organiza la lectura del sacramento por una doble referencia —«todo sacramento tiene como primera referencia aquello que siempre es verdadero, y como segunda referencia aquello que a menudo es verdadero»—, esquema interpretativo suyo, no rótulo confesional. ↩
-
Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 393. Del modo del bautismo (28.3): «En realidad la palabra “bautismo” no implica un modo particular. Significa simplemente “lavamiento”». El término no fija la inmersión como necesaria. ↩
-
Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 396. De los sujetos del bautismo (28.4): a juicio de Van Dixhoorn, bautizar a niños es «una deducción doctrinal a partir de ejemplos escriturales, en vez de la enseñanza explícita de la Escritura» —franqueza metodológica que, lejos de debilitarlo, fortalece el caso reformado—. ↩
-
Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 400. De la gravedad del descuido (28.5): «el descuido de la señal se acerca peligrosamente al descuido de la realidad que ella representa». Despreciar el bautismo no es cosa indiferente, sino pecado grave. ↩
-
Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 402. De la eficacia no automática (28.6) [paráfrasis]: Van Dixhoorn ancla la sección en que el Espíritu «sopla de donde quiere» (Jn 3:8) contra todo intento de «domesticar al Espíritu», y niega que el bautismo opere «invariablemente y automáticamente» como «talismán o amuleto»; la gracia se da en su debido tiempo. ↩
-
Van Dixhoorn, La fe que confesamos, 403. De la unicidad del bautismo (28.7): «La gracia de Dios se exhibe en el bautismo y se debe exhibir solo una vez». De ahí que el sacramento no se repita. ↩
-
A. A. Hodge, Comentario a la Confesión de Fe de Westminster, cap. XXVIII. Se cita por capítulo, sin paginación, conforme a la matriz de fuentes secundarias del proyecto. ↩
-
Hodge, Comentario a la Confesión de Fe de Westminster, cap. XXVIII. ↩
-
Hodge, Comentario a la Confesión de Fe de Westminster, cap. XXVIII. ↩
-
Hodge, Comentario a la Confesión de Fe de Westminster, cap. XXVIII. ↩
